No olvidemos a quienes desde la infancia cargan el pesado yugo de la discriminación. Su vida al ras de la tierra, pasa desapercibida por nuestra vista.

COMUNICADO | Persiste incumplimiento en fallos de Corte Interamericana en casos Inés Fernández y Valentina Rosendo después de tres años de notificación

Reparaciones transexenales y comunitarias, justicia y reformas al fuero militar, continúan pendientes.

– SCJN no ha tramitado el expediente «Varios» relativo a las obligaciones del Poder Judicial de la federación frente a ambas sentencias.

– Contrasta el incumplimiento de las sentencias con la recepción que el Estado Mexicano brindará la próxima semana al Tribunal Regional.

Tlapa de Comonfort, Guerrero. 1 de octubre del 2013. El día de hoy se cumplen tres años desde que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) notificó las sentencias dictadas en los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú contra del Estado Mexicano, tras un largo proceso acompañado por la Organización del Pueblo Indígena Me’phaa (OPIM), el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y Tlachinollan. Pese a que han trascurrido 36 meses a partir de que los fallos se hicieron públicos y más de 11 años desde que los hechos ocurrieron, las sentencias siguen incumplidas en aspectos medulares.

Cabe recordar que, en ambas sentencias, la CoIDH reconoció lo que el Estado mexicano negó durante más diez años: Que Inés Fernández y Valentina Rosendo, en diferentes circunstancias durante el año 2002, a la edad de 25 y 17 años respectivamente, fueron víctimas de violaciones graves de derechos humanos cometidas por elementos del Ejército Mexicano en la Montaña de Guerrero, en un contexto marcado por la pobreza, la discriminación y lo que denominó «violencia institucional castrense».

Hoy a tres años de la emisión de las sentencias, con medidas provisionales y el desgaste de buscar justicia por más de una década, Inés Fernández y Valentina Rosendo continúan con la expectativa de acceder a la justicia que les ha sido negada durante años, pero también con el compromiso de impulsar aquellas medidas que permitan asegurar que hechos como los que ellas vivieron nunca más se vuelvan a repetir en el país.

No obstante, las instancias del Estado mexicano no han estado a la altura de la determinación de ambas mujeres Me’phaa. El cumplimiento de las sentencias en sus extremos más concretos y relevantes, aún no se materializa.

En cuanto a las medidas que necesitan de mecanismos transexenales para su cabal cumplimiento, la Secretaría de Gobernación -responsable de la adopción de esta medida- ha afirmado públicamente que ya ha sido creado un fideicomiso para el cumplimiento de lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos; sin embargo, dicho mecanismo no ha sido presentado a ambas mujeres, ni se ha informado oficialmente sobre la publicación en el Diario Oficial de la Federación sobre su creación. En lo que se refiere al mecanismo para la atención médica, éste dista de ser un rubro cumplido pues no ha respondido a los acuerdos establecidos y más bien se está a la espera de las adecuaciones necesarias.

En cuanto a las medidas de reparación comunitarias, la creación y operación del Albergue para estudiantes y el Centro Comunitario para las Mujeres Me’phaa en Ayutla de Los Libres, ordenados por la Corte Interamericana, en el caso Inés Fernández, corre el peligro de desvirtuarse si no se priorizan mecanismos de rendición de cuentas por parte del estado de Guerrero y si no se aseguran mecanismos comunitarios de operación participativa.

Respecto a la investigación de los hechos y la presentación de los responsables ante la justicia, actualmente las averiguaciones previas se encuentran radicadas en la Fiscalía Especializada en Violencia contra las Mujeres y Trata de Personas (FEVIMTRA) de la Procuraduría General de la República (PGR), siendo impostergable la consignación simultánea de ambos expedientes ante la justicia civil federal.

Finalmente, la reforma al Código de Justicia Militar ordenada en ambas sentencias continúa sin materializarse, si bien el Senado ha realizado diversas audiencias públicas sobre el tema en fecha reciente. Las discusiones del Senado en torno a este tema cobran mayor relevancia ante la inminente evaluación por parte del Consejo de Derechos Humanos a México el próximo 23 de octubre de 2013, examen en cuyo marco se ha enfatizado la necesidad de acotar el fuero militar.

Al margen de lo anterior, resulta fundamental recordar que actualmente se encuentra registrado en la Suprema Corte de Justicia de la Nación el expediente Varios 1396/2012, relativo a la determinación de las obligaciones que le imponen al Poder Judicial de la Federación las sentencias dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, bajo la ponencia del Ministro Alberto Pérez Dayán. La tramitación de dicho expediente ofrece a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la oportunidad de definir cómo debe impartirse justicia con perspectiva de género y etnicidad. No obstante, en dos ocasiones ha sido retirado de la lista oficial cuando se encontraba próximo a ser discutido.

En suma, las sentencias de la Corte Interamericana distan de ser cabalmente cumplidas en México, pese a la incansable lucha de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú. Esta realidad contrasta con la recepción formal que el Estado Mexicano brindará a partir de la próxima semana, cuando dicho Tribunal sesionará en nuestro país. Efectivamente, sin subestimar la importancia de estas sesiones, sería deseable que el compromiso de México con el Sistema Interamericano no se expresara sólo a través de la organización de grandes eventos, sino más bien por medio del cumplimiento cabal e incondicional de las resoluciones de sus órganos.

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