No olvidemos a quienes desde la infancia cargan el pesado yugo de la discriminación. Su vida al ras de la tierra, pasa desapercibida por nuestra vista.

INFORME | Jurisdicción Militar y Derechos Humanos

La reforma de la jurisdicción militar para evitar que ésta conozca de casos vinculados con violaciones a derechos humanos, sigue siendo un pendiente en la agenda de derechos humanos de nuestro país.

Pese a que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha dictado cuatro sentencias ordenando al Estado mexicano modificar el Código de Justicia Militar y aun cuando la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha señalado que el artículo 57 de dicho Código es inconstitucional e inconvencional, la reforma legislativa no se ha concretado.

La actual legislatura federal ha reiniciado los trabajos para debatir una posible reforma al Código de Justicia Militar. En este marco, el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan publica el presente material, a efecto de aportar reflexiones desde la perspectiva de derechos humanos en la discusión legislativa en ciernes.

Después de acompañar a personas víctimas de abusos castrenses que han llevado su demanda de justicia hasta la Corte IDH como Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú; a familiares de víctimas que acudieron hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como en el caso de los deudos de Bonfilio Rubio Villegas; y comunidades indígenas que han padecido desde hace décadas las violaciones a derechos humanos cometidas por elementos militares, Tlachinollan presenta en esta publicación algunos elementos sobre el contenido que deben satisfacer las reformas pendientes.

La parte central de este texto contiene la sistematización y el análisis de los resultados de la discusión sobre la jurisdicción militar que realizó el Pleno de la SCJN, durante los meses de septiembre y agosto de 2012. Mucho se ha señalado que a partir de ese debate quedó resuelta la discusión sobre los límites de la jurisdicción militar en casos de violaciones a derechos humanos; como se verá, si bien es cierto que se materializaron importantes avances, la intervención judicial de ninguna manera suple la necesidad de que el Poder Legislativo tome cartas en el asunto. Precisamente, dado que el presente material busca servir de insumo para la discusión legislativa, se presentan como anexos los argumentos vertidos en sus sentencias tanto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos como por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

El contenido de este material se debe a la incansable lucha de las personas que han alzado la voz contra los abusos militares. En ese sentido, Tlachinollan dedica este texto a Inés Fernández Ortega, Valentina Rosendo Cantú, y a los familiares de Abraham Sonora Ortega y José Rubio Villegas, entre muchas otras personas. Asimismo, Tlachinollan se reconoce en deuda con colegas que han sido, en distintos momentos, parte fundamental de la lucha contra los abusos militares; en particular, este documento no habría sido posible sin el invaluable trabajo de las siguientes organizaciones: Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh); Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH); Fundar – Centro de Investigación y Análisis; la Red de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos”; Litiga OLE; Human Rights Watch; Amnistía Internacional; Brigadas Internacionales de Paz (PBI); Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL); Washington Office for Latin America (WOLA); Latin American Working Group (LAWG); la Organización Mundial contra la Tortura (OMCT); el Centro para la Justicia y los Derechos Humanos Robert F. Kennedy; y la Iniciativa de las Mujeres Nobel. A todos ellos y ellas, nuestro agradecimiento por trabajar conjuntamente contra la impunidad castrense.

Para el Centro de Derechos Humanos de la Montaña, la restricción del fuero militar es un asunto que trasciende los límites del debate jurídico y que se sitúa, sobre todo, en el ámbito del establecimiento de controles civiles sobre las Fuerzas Armadas. Justamente por ello, tras un sexenio donde el Ejército y la Marina protagonizaron la política de seguridad sin un andamiaje adecuado para la rendición de cuentas, aprovechando la subordinación de las autoridades civiles, acotar el fuero militar es indispensable. Se trata de una deuda con las víctimas que no ha saldado el Estado mexicano.

Centro de Derechos Humanos de la Montaña

Tlachinollan

Tlapa, Guerrero, a julio de 2013

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