No olvidemos a quienes desde la infancia cargan el pesado yugo de la discriminación. Su vida al ras de la tierra, pasa desapercibida por nuestra vista.

NOTA INFORMATIVA | Comienza la discusión en la SCJN sobre el caso de Bonfilio Rubio y los límites del fuero militar

Medio | El Sur

Fecha | 15 de agosto de 2012

Autor | Zacarías Cervantes

Los magistrados de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) comenzaron la discusión con respecto al amparo 133/2012, relacionado con el caso del indígena nahua Bonfilio Rubio Villegas, ejecutado extrajudicialmente en 2009 por elementos del Ejército mexicano, en un retén que fue instalado cerca de Huamuxtitlán.

La revisión del caso forma parte de los 30 expedientes que tienen que ver con delitos y violaciones a los derechos humanos, cometidos en contra de civiles por elementos del Ejército con el objetivo de que sean enviados al fuero civil.

Bonfilio Rubio Villegas, indígena nahua de 29 años, fue ejecutado extrajudicialmente por elementos del 93 Batallón de Infantería, quienes abrieron fuego en contra del autobús de pasajeros en el que el joven viajaba, junto con alrededor de 40 pasajeros, cerca de Huamuxtitlán, en un retén militar.

El caso fue atraído para su investigación por el fuero militar, a pesar de que los familiares de la víctima se opusieron a ello.

Ante esta determinación, Secundino Rubio Peralta y José Rubio Villegas, padre y hermano de la víctima, iniciaron un juicio de amparo acompañados por Tlachinollan y el Monitor Civil de las Fuerzas de Seguridad de La Montaña (Mocipol), que en diciembre de 2011 fue resuelto a su favor.

Sin embargo, el fallo fue impugnado por la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) a unos días de que el Ejecutivo Federal anunciara que todos los casos de violaciones a derechos humanos cometidas por los militares, pasarían al fuero civil.

Ante la resolución federal, los familiares de la víctima, con la asesoría del Centro de Derechos Humanos de La Montaña Tlachinollan, presentaron un recurso que motivó la apertura de un expediente de amparo, que quedó radicado en la SCJN.

El caso fue retomado por los magistrados de la SCJN en el marco de la revisión de los 30 expedientes que están relacionados con delitos y violaciones a los derechos humanos cometidos por militares en contra de civiles, mismos que deben ser juzgados por el fuero civil, conforme a una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Coidh), emitida por el caso de la desaparición de Rosendo Radilla Pacheco.

Sin embargo, en un comunicado enviado por el Centro de Derechos Humanos de La Montaña Tlachinollan, alerta que tras las discusiones preliminares realizadas por el pleno de la SCJN se vislumbra la posibilidad de que “no tutele el derecho de los familiares de Bonfilio Rubio Villegas a contar con un recurso adecuado y eficaz, para impugnar la inconstitucional extensión del fuero militar en la investigación y el juzgamiento del homicidio del joven nahua, y convalide la aplicación del fuero militar en el caso”.

Agrega que, sobre todo, por las posiciones sostenidas por la ministra Luna Ramos y los ministros Aguirre Anguiano y Ortiz Mayagoitia, “quienes cuestionaron la legitimidad procesal de los familiares de Bonfilio Rubio Villegas para acudir al juicio de amparo, pronunciándose en contra de aceptar que tengan el derecho de reclamar a través de un juicio de garantías la aplicación del fuero militar”.

El organismo manifiesta que, a juicio de los magistrados, el hermano y el padre de Bonfilio Rubio Villegas no son víctimas en el caso; en razón de que no se les afecta ningún derecho por la intervención del fuero militar; y, finalmente, en razón de que ninguna norma reconoce expresamente el derecho de las víctimas a iniciar un juicio de amparo en los supuestos del caso bajo análisis, al no relacionarse éstos con los previstos en los artículos 20 constitucional y 10 de la Ley de Amparo.

“Tales argumentos no sólo generan la más alta preocupación de la familia Rubio Villegas y de sus representantes, sino que también resultan sumamente cuestionables, además de ser jurídicamente insostenibles, como lo evidenciaron en sus intervenciones la ministra Sánchez Cordero y los ministros Silva Meza, Valls, Cossío y Zaldívar, quienes con razón consideraron que las víctimas tienen plena legitimidad procesal y que el juicio de amparo es procedente”, manifiesta Tlachinollan.

Sin embargo, el organismo argumentó que en el juicio de amparo Secundino Rubio y José Rubio acreditaron tener carácter de ofendidos por el delito del que fue víctima Bonfilio Rubio Villegas, exhibiendo las actas que acreditan su parentesco; “adicionalmente, como fue señalado el día de hoy (ayer), no puede soslayarse que la Corte Interamericana de Derechos Humanos en diversos casos contra México ha considerado que las y los familiares de quienes padecen graves violaciones a derechos humanos, tienen también carácter de víctimas, dada la intensidad y el sufrimiento que se les ocasiona”, refuta Tlachinollan, que ha venido asesorando a la familia de Rubio Villegas.

Además el organismo argumentó que “es imprescindible recordar que los artículos 20 constitucional y 10 de la Ley de Amparo deben interpretarse en el presente de conformidad con el nuevo artículo 1 constitucional, que amplía la protección de los derechos humanos a partir de las reformas en materia de amparo, a la luz de las sentencias dictadas por la corte interamericana en diversos casos contra México e incluso en función del propio expediente Varios 912/2010 relativo al caso Rosendo Radilla Pacheco”.

Y en ese sentido agrega que: “Es indispensable considerar también que el Tribunal Interamericano, en los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, no sólo dispuso que el Poder Judicial de la Federación debía acotar los alcances del fuero militar, sino que también ordenó hacer del juicio de amparo un recurso adecuado y efectivo para las víctimas que impugnan la inconstitucional extensión del fuero militar”.

En este contexto, Tlachinollan manifiesta que resulta sumamente preocupante que, “como en el pasado, algunos de los ministros y ministras analicen la demanda de los familiares de Bonfilio Rubio Villegas desde los estrechos parámetros empleados en casos que fueron ventilados antes de la aprobación de las reformas constitucionales hoy vigentes y con antelación a la emisión de las sentencias de la Corte Interamericana”.

También advierte que de imponerse esta posición, “lo que no puede descartarse al momento, teniendo en cuenta el debate del día de hoy, el máximo tribunal mexicano nuevamente daría la espalda a los derechos de las víctimas”.

Agrega que tal situación pondría en evidencia a un tribunal constitucional, “más preocupado por resolver con diligencia las controversias suscitadas entre órganos estatales, como los conflictos de competencia, que los juicios entablados por las propias víctimas de abusos militares en ejercicio de sus derechos, aun cuando precisamente la esencia de discusión sobre los límites del fuero militar implica poner en el centro los derechos de las víctimas, quienes en casos como el de Bonfilio Rubio Villegas, se enfrentan en condiciones de vulnerabilidad al aparato estatal”.

La discusión sobre el caso Rubio Villegas continuará este jueves, cuando deberán fijar su postura los ministros Luis María Aguilar, Jorge Mario Pardo Rebolledo y José Fernando Franco, éste último, quien no asistió a la sesión.

Salir de la versión móvil